Si usted puede escuchar todo lo que se habla o realiza en la vivienda colindante, la deficiencia constructiva es clara y puede deberse a una falta o a un defectuoso aislamiento acústico.
El defecto puede serlo de diseño o de ejecución, responsabilidad del Arquitecto autor del proyecto o en el segundo caso, del Técnico que vigila la ejecución de la obra, hasta el punto que ha declarado nuestra jurísprudencia que si al Arquitecto técnico la insonorización le parece insuficiente, debe advertirlo al arquitecto superior para que éste individualmente, o en conjunto con el aparejador, ponga las medidas suficientes para evitar tal anomalía constructiva.
La falta de aislamiento acústico supone una incomodidad grave para los ocupantes de las viviendas que perciben los sonidos, ruidos y conversaciones de los colindantes; afecta a la falta de intimidad; produce un incordio constante etc…
Naturalmente que son los técnicos de la dirección facultativa a quienes compete vigilar que se cumplan todas las reglas para la insonorización de las paredes medianeras, separadoras de las viviendas y así lo declaran reiteresas Sentencias.